Echando un vistazo a nuestro pasado más reciente, apenas iniciado el segundo lustro del presente siglo, el entonces Lehendakari vasco Sr. Ibarretxe llegaba nada menos que hasta el Congreso de los Diputados a poner a prueba la fortaleza de la Unidad de España con un plan separatista que fue abruptamente derrumbado. A pesar de eso, años y años del terrorismo de unos y de las pretensiones de otros habían conseguido, al menos, abrir las puertas a la provocación separatista.
Por aquello de no legislar “en caliente” (frase tan reiterada cada vez que sucedía un atentado), quedó en el mero debate la intención de desarrollar el artículo 155 de nuestra Constitución, fundamentado en artículos de otras constituciones europeas, pero sin llegar a más. Pues bien, como decía, se quiso poner sobre la mesa la necesidad de dar forma de actuación ante hechos semejantes, pero debió ser que el polvo terminó por impedir ver el texto de aquellos papeles, y en la mesa quedó olvidada la necesaria pretensión. Tan es así que sí uno observa bien el párrafo final de la sinopsis, que de cada artículo se dedica en nuestra Constitución, y leemos bien lo que dice “Revisado por el equipo de puesta al día del Portal de la Constitución. Agosto de ¡¡2006!!” Evidentemente las interjecciones son mías. De ser así, queridos lectores de este humilde blog, nuestro Congreso que no sé cuánto gastará en el mantenimiento de la web, pero o no la mantiene debidamente, o de ocuparse del artículo 155 no lo hacen sus 350 responsables desde hace, cuando menos, 9 años. Y claro atendiendo a la situación actual de nuestra legislación que tan sólo te deriva al reglamento del Senado en su artículo 189, entendemos que los separatistas, ahora catalanes, campen a sus anchas por España y resto del mundo vendiendo su proyecto independentistas, importándoles muy poco lo que los tribunales españoles hayan dicho o puedan decir, en tanto en cuanto, el propio Código Penal tampoco concreta explícitamente el delito de sedición sin violencia, salvo una interpretación muy versada que desde luego escapa a mis posibilidades, v.g., del artículo 589 de dicho código si se diese, cosa remota entiendo, el caso de considerar a Cataluña como otro Estado. La cuestión es que en todos estos años desde 2006, nadie se ha percatado de que ese flanco de España estaba absolutamente al descubierto, o acaso todos pensaban que aquí somos todos muy españoles y no había por qué perder el tiempo en semejante asunto. Y en estas nos vemos, con un Gobierno de nuevo a la espera de movimientos pero sin moverse el mismo en ese aspecto. Esperando, al parecer, que el Tribunal Constitucional, el Supremo o el que corresponda le haga el trabajo, que bien podría evitarse con sentarse a trabajar, esto es a debatir, y proponer medidas para que los españoles no permanezcamos aguardando a ver qué sucede con nuestra Nación a expensas de los caprichos de otros quienes, con tal de “salvar sus caras”, en su irresponsabilidad más absoluta, no parecen mostrar el más mínimo interés por el futuro de Cataluña y no digamos ya por el de la propia España.
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Autor Antonio Palomar García (13/02/1969). Archivos
Agosto 2023
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